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🔹 Existen cambios sobre los Herederos Forzosos en el Nuevo Código del 2020.

  • Foto del escritor: Lcda. Jeanette Mendoza
    Lcda. Jeanette Mendoza
  • 2 dic 2020
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 29 abr 2022


En el Código Civil del 1930, expresa:


Los herederos forzosos tienen la opción de aceptar la herencia de manera pura y simple ya sea mediante un acto positivo de aceptación o tácitamente, determinado por las circunstancias que llevan a concluir que el heredero ha aceptado la herencia.

Cuando la herencia es aceptada de manera pura y simple el patrimonio heredado se confunde con el patrimonio propio del heredero. Una herencia se acepta pura y simple de manera tácita cuando un heredero vende, dona o cede su derecho o cuando el heredero la renuncia. Hay jurisprudencia que ha reconocido instancias las cuales equivale a aceptar la herencia pura y simple, de éstas sólo les menciono Banco Comercial de P.R. v. García, 51 D.P.R. 735 (1937), en la que concluyó el Tribunal Supremo que no contestar una demanda y permitir que se anote la rebeldía equivale a aceptar la herencia pura y simple.


En el Nuevo Código Civil del 2020 expresa:

Artículos:


1579 | Expresa – hace el llamado en un documento público o privado


1580, 1581 | Tacita – por actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar o que no habría tenido derecho de ejecutar sino en su calidad de heredero



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